Roca Fuerte

 

 

NUESTROS PRINCIPIOS DE FE

 

Los Bautistas manifestamos nuestra plena aceptación a los siguiente Principios doctrinales, y Confesión de Fe:
  1. Creemos que la Santa Biblia es la única y suficiente norma a la que debe sujetarse todo juicio, toda creencia, toda conducta, toda organización, todo responsable.

  2. Creemos que las Escrituras enseñan que hay un único Dios viviente y verdadero, Espíritu infinito y eterno, Creador y árbitro supremo del cielo y de la tierra y que se manifiesta al mundo en Tres Personas: El Padre, el Hijo y el Espíritu Santo.

  3. Creemos que hombres y mujeres son pecadores, pese a que la primera pareja Adán y Eva fueron creados en santidad y capaces de plena comunión con Dios.

  4. Creemos que Jesucristo es Dios. Que en él se materializa la voluntad salvadora de Dios que en su misericordia desea la salvación de todo ser humano. Que murió en la cruz y resucitó al tercer día y ahora está a la diestra de Dios Padre. 

  5. Creemos que sin fe es imposible agradar a Dios y ser salvos.

  6. Creemos que el Espíritu Santo convence de pecado, produce arrepentimiento y pone en marcha el proceso de santificación personal.

  7. Creemos en una Iglesia santa, gobernada por Jesucristo y compuesta por hombres y mujeres en igualdad de derechos, privilegios y servicios.

  8. Creemos en el bautismo y lo administramos conforme a la enseñanza del Nuevo Testamento por inmersión y que este es requisito previo para formar parte de la Iglesia.

  9. Creemos en la Santa Cena de los creyentes bautizados. Creemos que el domingo es el día del Señor.

  10. Creemos en el mundo venidero y que se está acercando el fin del mundo desde que Jesucristo tras su resurrección ascendió a los cielos.


Principio I

El señorío de Cristo:

Reconocemos que Jesucristo es exclusivamente el soberano en la iglesia. Ello significa:

Primero: que nos oponemos rotundamente al totalitarismo político, al favoritismo sacerdotal, al mecanicismo sacramental y al confesionalismo doctrinal, porque éstos se interponen entre Cristo y el creyente.

Segundo: El señorío de Jesucristo se extiende al ámbito de los valores morales. La paz, la justicia, la pureza, la santidad, y la fraternidad son consecuencia de que Cristo reina en la iglesia y en la vida de los creyentes.


Principio II

La autoridad del Nuevo Testamento:

Frente a quienes mantienen que su tradición religiosa es norma necesaria e imprescindible junto con el Nuevo Testamento:

Declaramos que el Nuevo Testamento es el fiel y único resultado del testimonio apostólico. Y por consiguiente es la revelación objetiva que sirve como fundamento, guía, norma y control de las experiencias subjetivas del creyente y también de la iglesia.

Aunque doctrinalmente consideramos la Biblia en su totalidad ( a excepción de los apócrifos y deuterocanónicos) como inspirada, interpretamos el Antiguo Testamento a la luz- y jamás al revés- del Nuevo Testamento.


Principio III

La Iglesia Bautista:

La Iglesia no salva. De ahí que sólo sean miembros de iglesia los creyentes acreditados en el bautismo por su confesión personal y pública de fe en Jesucristo como su Salvador.

El Nuevo Testamento en sus mínimas referencias a la Iglesia en general con carácter universal jamás define ni insinúa una organización administrativa, jerárquica y monopolizadora de las iglesias locales a las que escribe, retrata y exhorta permanentemente. No existe por lo tanto un cuerpo universal llamado iglesia y si existen las iglesias locales, a veces tan locales que tienen una estructura propia familiar.


Principio IV

Una iglesia democrática:

Nuestra iglesia es una iglesia local. Cada iglesia es soberana y autónoma.

Somos una iglesia democrática pura. Siendo la iglesia la congregación de hombres y mujeres creyentes en el sentido que da 1º de Pedro 2:9, "Real sacerdocio" entendemos que todos los miembros creyentes tienen condición de sacerdotes y tienen por consiguiente los mismos derechos y privilegios, diferenciándose tan solo en los carismas que el Espíritu Santo les concede.

Ya que Jesucristo nos iguala en el perdón, porque todos éramos iguales en el pecado, no podemos aceptar la ordenación jerárquica de una élite, sea ésta de varones, de ricos, teólogos o místicos.


Principio V

La libertad religiosa:

Creemos que la libertad religiosa es: la libertad, dada por Dios, de creer (conciencia), de adorar (culto) y de propagar la fe. Todo ello sin trabas ni coerción gubernamental, ni grupos de poder, ni permisos de otras Confesiones. Libertad de culto quiere decir adorar a Dios donde, cuando y como uno desee.

La libertad religiosa:

Creemos que el fuero personal del individuo está por encima de cualquier otra legitimación organizativa. El hombre fue creado a imagen de Dios. Cada persona es libre para actuar según los dictámenes de su conciencia respetuosa y tolerantemente con las libertades y derechos de los demás y el Estado debe garantizar esta libertad.

La libertad religiosa:

Sin el derecho a propagar la fe la libertad queda aprisionada. Eso significa una poderosa convicción y acción misionera en cualquier área del mundo cualquiera que sea su influencia religiosa.

La libertad religiosa:

Exigimos la libertad cívica de las gentes y los pueblos. Somos defensores hasta el martirio (ejemplo del mártir Martin Luther King, pastor bautista) en las libertades humanas.


Principio VI

Separación entre Iglesia y Estado:

La libertad religiosa sólo puede ser garantizada cuando existe separación entre las Iglesias y el Estado. Creemos en iglesias libres en estados libres.

Nuestra Iglesia  reconoce el poder civil del Estado, asume la administración de la justicia por parte de este, propicia la lealtad al gobierno, enseña la obediencia a las leyes establecidas y promueve el uso de los canales democráticos para cambiar las leyes.

Creemos en la igualdad jurídica de todos los ciudadanos e instituciones por ello: propiciamos un Estado que no discrimine a ninguna iglesia ni obstaculizando a algunas ni favoreciendo a otras.

Propiciamos una enseñanza laica, por lo que no habrá enseñanza religiosa con cargo a presupuestos estatales de ninguna religión. No habrá ceremonias religiosas, ni símbolos religiosos en los ámbitos públicos de enseñanza. Sin embargo la enseñanza religiosa en el ámbito privado deberá ser respetada y protegida por la Ley.

 

 

Iglesia Evangélica Bautista

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